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Evaluación del factor riesgo ruido y su afectación en la salud de trabajadores del Servicio contra incendios Aeropuerto Francisco de Orellana del Coca

La Dirección General de Aviación Civil al ser signatario del convenio de Chicago desde 1944, tiene como responsabilidad el brindar confort tanto a usuarios internos como externos de los aeropuertos y dotar de todas las seguridades a las operaciones aéreas, en los aeropuertos que están bajo su responsabilidad, razón por la que se aplican normas y métodos recomendados por la OACI (SARPS) referentes al ruido de las aeronaves, que fueron adoptados inicialmente por el Consejo de Aviación Civil el 2 de abril de 1971, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944 del cual Ecuador es signatario), con la designación de Anexo 16 al Convenio; considerando que el problema del ruido de las aeronaves es tan serio en las proximidades de muchos de los aeropuertos del mundo, que la reacción del público está aumentando, al punto de causar gran preocupación por lo que se requiere una urgente solución; que el ruido que preocupa al público y a las autoridades de Aviación Civil se debe al aumento del tráfico aéreo de las aeronaves existentes.
En el aeropuerto Francisco de Orellana de la ciudad del Coca se realizarán los ensayos para determinar si se cumple lo establecido respecto a los niveles de homologación acústica, siendo 75 dB los máximos permitidos, que consistirán en una serie de despegues y aterrizajes durante los cuales se efectuarán mediciones en los puntos especificados por la autoridad encargada de la homologación con el único objetivo de preservar la salud y bienestar de los Bomberos del Sistema Salvamento y Extinción de Incendios (SSEI) y las personas que laboran en el aeropuerto Francisco de Orellana de la ciudad del Coca, con la finalidad de mantener el equilibrio ambiental en general, mediante la prevención y el control de los niveles de ruido, atribuible a las operaciones de los aeródromos y aeropuertos de uso público y privados existentes en el país, estos procedimientos permitirán determinar las medidas o acciones generales para la prevención y control de los ruidos.
La Dirección General de Aviación Civil es la entidad responsable y encargada de verificar el cumplimiento de los niveles de emisión de ruido de las aeronaves, para lo cual realiza la verificación del cumplimiento con la utilización de los procedimientos establecidos en el Volumen 1 del Anexo 16 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional (OACl/ICAO), el ruido aeronáutico producido por los aviones y demás operaciones que se realizan en el Aeropuerto Francisco de Orellana de la ciudad del Coca, tiene como finalidad determinar la afectación en la salud de los trabajadores en el SSEI y la consiguiente contaminación acústica provocada por las operaciones aéreas, que se han convertido en un potencial riesgo para la salud física y mental del personal de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) que laboran en las áreas de movimiento como son pista, plataforma y estacionamiento de aeronaves del Aeropuerto del Coca, siendo un riesgo y afectando a la calidad de vida de la población expuesta.
Elaborado por:
Arq. Franklin Montero Figueroa