Operaciones con drones (Categorías)
Las operaciones con UAS que pueden realizarse dentro del territorio ecuatoriano, amparadas en la regulación UAS (RDAC 101), se clasifican según el fin por el cual se opera, conforme lo siguiente:
Categoría abierta. Corresponde a las operaciones con sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), realizadas por personas “naturales” con fines exclusivamente “personales recreativos”, o sea sin fines profesionales, comerciales o de lucro; con aeronaves de hasta 4Kg.
Categoría específica. Corresponde a las operaciones con sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS) realizadas con fines de servicios aéreos privados o de trabajos aéreos y/o cualquier operación UAS que se realice en desviación de cualquiera de las restricciones para la categoría abierta y que implique un mayor riesgo a la seguridad operacional. Con aeronaves de hasta 250 kilogramos de peso, que incluya el peso de todos los elementos a bordo y/o conectados a la aeronave.


