Categoría ABIERTA
Corresponde a las operaciones con sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), realizadas con fines exclusivamente “personales recreativos”,
Para realizar operaciones de la categoría abierta, deberán cumplir todas las condiciones siguientes:
a) No sobrevolar ni poner en peligro a ninguna persona no participante dentro del espacio en el que se encuentre operando.
b) Serán realizadas por un piloto a distancia que tenga al menos 14 años (con supervisión de un adulto).
c) Se realizarán con UAS de serie o de construcción privada, que tengan un MTOW inferior a cuatro 4 kilogramos
d) Las operaciones deben realizarse en todo momento con visibilidad en línea de vista (VLOS).
e) Las operaciones deben realizarse a no más de 122 metros / 400 pies de la superficie terrestre, salvo cuando sobrevuele un obstáculo.
f) Las operaciones deben realizarse en condiciones meteorológicas visuales (VMC) y horas diurnas.
g) No operar en las zonas de restricción de vuelo para UA (FRZ).