Categoría ABIERTA

Corresponde a las operaciones con sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), realizadas con fines exclusivamente “personales recreativos”,

Para realizar operaciones de la categoría abierta, deberán cumplir todas las condiciones siguientes:

a)    No sobrevolar ni poner en peligro a ninguna persona no participante dentro del espacio en el que se encuentre operando.

b)   Serán realizadas por un piloto a distancia que tenga al menos 14 años (con supervisión de un adulto).

c)    Se realizarán con UAS de serie o de construcción privada, que tengan un MTOW inferior a cuatro 4 kilogramos

d)   Las operaciones deben realizarse en todo momento con visibilidad en línea de vista (VLOS).

e)    Las operaciones deben realizarse a no más de 122 metros / 400 pies de la superficie terrestre, salvo cuando sobrevuele un obstáculo.

f)    Las operaciones deben realizarse en condiciones meteorológicas visuales (VMC) y horas diurnas.

g)    No operar en las zonas de restricción de vuelo para UA (FRZ).