Categoría CERTIFICADA
Corresponde a las operaciones de sistemas de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS), cuyas condiciones de vuelo y fines de utilización son similares a los de la aviación tripulada, es decir estarán sujetas a los requisitos operacionales aplicables establecidos en las RDAC correspondientes. Estas operaciones se podrán realizar de acuerdo con las reglas de vuelo por instrumentos, por lo que requerirán de certificado de tipo, certificado de aeronavegabilidad, certificado de matrícula, entre otros; y sus pilotos remotos deberán contar con licencia de piloto a distancia, certificado médico aeronáutico y entrenamiento específico en la RPA que opere.
Nota. La Organización de Aviación Civil Internacional ha clasificado la operación de los sistemas de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS) como categoría certificada, sin embargo, aún se encuentra en desarrollo de las normas y métodos recomendados (SARPS) que han de figurar en los Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, relativas a la operación de aeronaves no tripuladas en actividades de transporte y otros trabajos aéreos, por lo cual la DGAC no autorizará operaciones de esta naturaleza hasta tanto dichos Anexos hayan sido enmendados en los aspectos técnicos relevantes y, en consecuencia, las RDAC del Ecuador hayan sido debidamente armonizados.