Objetos prohibidos que NO se pueden llevar en tu equipaje

Viajar en avión es una experiencia emocionante, pero antes de emprender cualquier viaje, es fundamental conocer los artículos, artefactos o sustancias que no pueden transportar en el equipaje.

La Dirección General de Aviación Civil (DGAC), en cumplimiento del Anexo 17 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y la normativa nacional informa a los usuarios del transporte aéreo, las categorías de artículos expresamente prohibidos en el equipaje de mano y en muchos casos, también en el equipaje facturado/bodega, para proteger la seguridad de todos los pasajeros, tripulación, instalaciones y aeronaves.

¿Qué es un artículo prohibido?

Dentro de la seguridad de la aviación son todos aquellos artículos, artefactos o sustancias que pueden ser usados para cometer un acto de interferencia ilícita contra la aviación civil o que sean capaces de poner en peligro la seguridad operacional de las aeronaves, instalaciones aeroportuarias, pasajeros o al público.

Principales categorías de objetos prohibidos en el equipaje de mano (cabina)

Armas de fuego y artefactos que lanzan proyectiles (reales o imitaciones que puedan confundirse): pistolas, revólveres, rifles, escopetas, ballestas, arcos y flechas, armas de aire comprimido, pistolas de señalización, armas de juguete realistas.

Armas punzocortantes o cortantes: cuchillos de cualquier tipo (incluidos los de cocina o multiusos), navajas, cuchillas de afeitar desmontables, tijeras con hojas >6 cm, machetes, hachas, picos, dagas, estiletes, picahielos.

Objetos contundentes: bates de béisbol/softbol, palos de golf, tacos de billar, remos, bastones pesados o con punta metálica, artes marciales.

Armas incapacitantes o de defensa: pistolas eléctricas, bastones eléctricos, gas pimienta, gas lacrimógeno, aerosoles defensivos, porras, spray paralizante.

Herramientas que puedan usarse como arma: martillos, taladros, destornilladores >7 cm, llaves inglesas, alicates, sierras, sopletes.

Sustancias explosivas e inflamables: explosivos de cualquier tipo, fuegos artificiales, pólvora, municiones, detonadores, dinamita, granadas, artículos pirotécnicos, gas inflamable,

pinturas en aerosol, gasolina, combustible para encendedores (excepto pequeño encendedor personal en algunos casos regulados).

Sustancias químicas y tóxicas peligrosas: venenos, ácidos corrosivos, mercurio, cloro, insecticidas en aerosol grandes, sustancias infecciosas o radioactivas.

Restricciones importantes en equipaje de mano (norma internacional 100 ml / 1 litro)

Líquidos, geles, aerosoles y cremas: solo se permiten envases ≤100 ml / 100 g cada uno, todos dentro de una bolsa plástica transparente resellable de máximo 1 litro (20×20 cm aprox.), una bolsa por pasajero.

Excepciones justificadas: medicamentos con receta médica visible, comida infantil o alimentos especiales (diabéticos, intolerancia a la lactosa) con certificación.

Sustancias en polvo >350 g/ml (en algunos contextos internacionales): pueden tener restricciones adicionales.

Objetos prohibidos en bodega (equipaje facturado)

Aunque algunas categorías se permiten en bodega bajo estrictas condiciones (ej. armas de fuego declarada y embalada según la norma), están totalmente prohibidos:

  • Explosivos, municiones sin declarar, fulminantes, detonadores, mechas, minas, granadas.
  • Fuegos artificiales, pólvora, dinamita, explosivos plásticos.
  • Sustancias químicas altamente tóxicas o corrosivas no autorizadas.
  • Baterías de litio sueltas de alta capacidad (“power banks” muy grandes suelen tener restricciones).

Recomendaciones de la DGAC

Revisa tu equipaje antes de llegar al aeropuerto. 

Los objetos prohibidos detectados serán decomisados y destruidos; no se devuelven ni se guardan. 

Consulta siempre la página oficial de la DGAC (www.aviacioncivil.gob.ec), allí encontrarás la lista completa de los objetos que no se pueden transportar vía aérea.