Transporte de mercancías peligrosas en equipaje de pasajeros y tripulación
La Dirección General de Aviación Civil recuerda a los pasajeros y tripulaciones la importancia de cumplir las disposiciones establecidas en la Tabla 2.3.A de la Reglamentación IATA sobre Mercancías Peligrosas, con el fin de garantizar operaciones aéreas seguras y proteger la integridad de todos los usuarios del transporte aéreo.
Las mercancías peligrosas son artículos o sustancias que pueden representar un riesgo para la seguridad, la salud, los bienes o el medio ambiente durante un vuelo. Por esta razón, existen restricciones específicas para su transporte en equipaje facturado, equipaje de mano o en la persona.
Artículos permitidos con restricciones
Entre los artículos autorizados bajo condiciones especiales se encuentran:
- Dispositivos electrónicos con baterías de litio.
- Baterías de repuesto y cargadores portátiles.
- Aerosoles medicinales y artículos de tocador.
- Cigarrillos electrónicos.
- Hielo seco en cantidades limitadas.
- Bebidas alcohólicas dentro de los límites permitidos.
- Cilindros de oxígeno para fines médicos.
- Equipos médicos portátiles autorizados.
Artículos prohibidos
Está prohibido transportar:
- Armas de electrochoque (Taser).
- Explosivos y materiales pirotécnicos.
- Gases inflamables o tóxicos no autorizados.
- Dispositivos incapacitantes como gas pimienta o mace.
- Equipaje inteligente con baterías no removibles no permitidas.
- Encendedores y fósforos no autorizados.
Recomendaciones importantes
- Verifique con su aerolínea las restricciones vigentes antes de viajar.
- Proteja individualmente las baterías de litio para evitar cortocircuitos.
- No transporte mercancías peligrosas ocultas o no declaradas.
- Respete las cantidades y capacidades permitidas establecidas por IATA.
El cumplimiento de estas disposiciones contribuye a mantener la seguridad operacional y la protección de pasajeros, tripulación y aeronaves.